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G., D. A. S/INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA EN CAUSA N° 13000 (IPP 03-00-005072-14) UFIJ N° 3 (19574 - JEP)

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Dolores confirmó la denegatoria de la libertad asistida a Domingo Alberto Gramont, argumentando que la resolución recurrida estuvo ajustada a derecho, valorando la estimación del informe psicológico y la evolución del interno, en línea con el interés de la protección de las víctimas y la gravedad del delito.

Recurso de apelacion Principios constitucionales Evaluacion de riesgo Libertad asistida Condena por abuso sexual Proteccion de victimas Derechos humanos. Informes psicologicos y criminologicos Convencion de belen do para Cidh gonzales

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara analiza la resolución del juez de ejecución penal que denegó la libertad asistida a Gramont, condenado por abuso sexual gravemente ultrajante. La defensora interpuso recurso de apelación argumentando falta de fundamentación, violación de la privacidad y principios constitucionales, y un error en la interpretación de la normativa internacional, particularmente la Convención de Belén Do Pará y el fallo de la CIDH Gonzales y otras vs México. La Cámara revisa los informes criminológicos y psicológicos, destacando que, si bien el interno mostró una evolución favorable en aspectos conductuales, mantiene mecanismos defensivos y no ha modificado su actitud respecto al delito. La resolución que negó la libertad asistida fue considerada ajustada a derecho, pues valoró correctamente los informes y principios de protección a la víctima y la gravedad del delito. La Cámara sostiene que no existieron vicios en la fundamentación y que la decisión se ajusta a la normativa vigente, en particular los criterios de progresividad y protección de derechos de las víctimas.

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