V. R. O.S/ SUCESION AB-INTESTATO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Morón modifica la resolución de primera instancia y deja sin efecto la exigencia de que el escrito presentado por el recurrente tenga las firmas de todos los herederos declarados en autos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa se trata de un proceso de sucesión ab-in-testato en el que V. R. O.S. apela una resolución del juez de primera instancia que requería acreditar la titularidad del inmueble y la firma de los herederos para regular honorarios. La Cámara analiza la suficiencia técnica de los agravios y concluye que el argumento del apelante respecto a la firma de los herederos es insuficiente y que, además, en este caso particular, la firma de los herederos no es necesaria dado que el actor es acreedor de los mismos y no se evidencia interés en invalidar la firma de los herederos. La Cámara revoca la decisión y deja sin efecto la exigencia, sin costas por tratarse de una resolución interlocutoria. Fundamentos principales: "La argumentación que se trae es notoriamente insuficiente pues no cumple con lo normado por el art. 260 del CPCC que establece que 'el escrito de expresión de agravios deberá contener la crítica concreta y razonada de las partes del fallo que el apelante considere equivocadas', agregando que 'no bastará remitirse a presentaciones anteriores'. Las mismas pautas rigen para el memorial con el que se funda un recurso concedido en relación (art. 246 CPCC). [...] La ley, como leemos en el artículo, solo alude a dos requisitos: 1) La crítica debe ser concreta, es decir, debe ser precisa y rigurosa, perceptible de manera clara y nítida. 2) Y, a la vez, debe ser razonada: lo que implica que los fundamentos y las bases del recurso deben demostrar el error en el razonamiento contenido en la sentencia que se impugna. [...] En el caso, el recurrente califica la medida como 'insólita' e 'irrisoria', pero no explica técnicamente por qué es improcedente desde el punto de vista jurídico tal petición. Por lo tanto, la cuestión de la firma de los herederos no puede ser objeto de análisis dado que la argumentación del recurso en ese aspecto es insuficiente."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: