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A. S. I. C/ S. G. . S/ALIMENTOS

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Morón confirmó la sentencia que fijó la cuota alimentaria en favor del hijo, rechazando la apelación del demandado y considerando que la cuota no resulta excesiva y respeta el interés superior del niño.

Prueba Derecho de familia Cuota alimentaria Retroactividad Alimentos Congruencia procesal Responsabilidad parental Sentencia confirmada Proteccion del menor Indice crianza

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, A. S. I., demandó a S. G. por alimentos, solicitando una cuota del 40% de la remuneración bruta del demandado, en atención a las necesidades del hijo J. Francisco, considerando la edad y las circunstancias. La sentencia de primera instancia fijó la cuota en los términos solicitados, considerando la falta de prueba del demandado y su actitud inactiva en el proceso. La Cámara analizó la congruencia del fallo, destacando que en casos de alimentos a menores, la flexibilidad en la congruencia es aceptable para garantizar la tutela efectiva. Se remarcó que la obligación alimentaria debe ajustarse a las posibilidades del obligado y a las necesidades del alimentado, con referencia al Índice Crianza del INDEC, y que la falta de prueba del demandado no permite reducir la cuota. La Cámara concluyó que la determinación de la cuota no es excesiva, y que la retroactividad no puede extenderse más allá de la fecha de interposición de la demanda, conforme a la normativa vigente. Se rechazó el recurso en todos sus términos y se confirmó la resolución apelada.

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