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MAZZINIANI GRISELDA JOSEFA Y RICARDO ALFREDO RODRIGUEZ/ C/ BASILE JUAN IGNACIO Y OTRO/A S/EJECUCION HIPOTECARIA

La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia interlocutoria en cuanto a los intereses, estableciéndolos en un 6% anual desde la mora, confirmando la sentencia en lo demás, y condenando en costas en el orden causado.

Intereses Apelacion Ejecucion hipotecaria Deuda en dolares Pesificacion Jurisprudencia. Morigeracion intereses Interes 6% Ley 14.432 Leyes de moratoria

¿Qué se resolvió en el fallo?

La apelada sentencia interlocutoria de fecha 16/05/2025 rechazó diversas excepciones y planteos de las partes, y dispuso la ejecución de un capital de U$S15.000 más intereses pactados. La Cámara revisora analizó los agravios de ambas partes, la inaplicabilidad de la Ley 14.432 por ser retroactiva, la constitucionalidad y vigencia de leyes provinciales de moratoria, y la validez de la pesificación y los intereses. Asimismo, confirmó que la deuda fue contraída en diciembre de 2011, antes de la entrada en vigencia de la Ley 14.432, y que las leyes de moratoria provincial estaban prorrogadas hasta su cese, por lo que no procedía su aplicación. Respecto a los intereses, consideró que los pactados en el contrato (18% nominal anual y 3% punitorio mensual) resultan excesivos y, en virtud del contexto inflacionario y la jurisprudencia, se morigeraron a un 6% anual, desde la mora hasta el pago efectivo. La decisión se fundamentó en que las tasas pactadas eran abusivas y que la intervención judicial debe evitar excesos que vulneren la buena fe y el orden público.

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