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SILVA PATRICIA FABIANA C/ FRANADIE S.R.L. S/ DESPIDO

La sentencia declara procedente la demanda por despido sin justa causa, condenando a la demandada a pagar $180.828, actualizados y con intereses, además de ordenar la entrega de certificados laborales y declarar la inconstitucionalidad de ciertos artículos de leyes laborales.

Intereses Indemnizacion Actualizacion monetaria Rebeldia Inconstitucionalidad Relacion laboral Despido injustificado Certificados laborales Ley 23.928 Buenos aires.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Patricia Fabiana Silva, demandó a Franadie S.R.L. por despido injustificado y otros rubros laborales, reclamando indemnizaciones, aguinaldo, diferencias salariales y certificados laborales. La sentencia establece que la relación laboral inició el 24/4/2018 y finalizó el 21/1/2019 por despido directo, sin justa causa, con una remuneración mensual de $22.302. La autoridad judicial considera que la demandada incurrió en rebeldía, lo cual favorece la inversión de la carga de la prueba y la veracidad de los hechos denunciados, confirmando la inexistencia de causa justa en el despido y la procedencia de la indemnización. El tribunal fundamenta que la prueba documental y la declaración de rebeldía acreditan la existencia del vínculo laboral, la cuantía salarial y las circunstancias del despido. La jueza declara la procedencia de la demanda, condenando a la demandada a pagar $180.828, actualizados con el índice RIPTE más un interés del 3% anual, además de ordenar la entrega de los certificados laborales en 30 días y la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 y 10 de la ley 23.928, permitiendo la actualización monetaria y la indexación del crédito. La sentencia también impone costas a la demandada y regula honorarios profesionales. Fundamentos principales: "En la situación de rebeldía de la demandada, la inversión de la carga probatoria opera en favor de la actora, por lo que resulta acreditada la relación laboral desde el 24/4/2018 hasta el 21/1/2019, con una remuneración de $12.293 a $22.302,13, conforme a la escala salarial del CCT 122/75. La carta documento del 21/1/2019 señala que el despido fue por incumplimiento grave, sin que se haya probado causa justa por parte de la empleadora. La prueba documental y la declaración ratificada en audiencia confirman la existencia del vínculo y sus condiciones. La inconstitucionalidad del art. 7 y 10 de la ley 23.928 permite la actualización del crédito mediante índices oficiales, por lo que se establece la procedencia del pago y la actualización de la suma de $180.828, con intereses del 3% anual desde la exigibilidad de cada suma."

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