COSIO EMANUEL ALEJANDRO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara Civil de San Isidro resolvió rechazar la demanda de indemnización por accidente de trabajo, confirmando la inexistencia de secuelas incapacitantes y la relación causal, en virtud del dictamen pericial que determinó un 0% de incapacidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Emanuel Alejandro Cosio, demandó a Provincia ART S.A. por secuelas incapacitantes derivadas de un accidente laboral ocurrido el 22/6/2020, solicitando indemnización. La demanda fue considerada, en primera instancia, procedente, fundamentándose en la relación laboral y en el diagnóstico de secuelas incapacitantes. Sin embargo, la Comisión Médica N° 39 de San Isidro dictaminó que el trabajador no posee incapacidad como consecuencia del siniestro, y el perito médico judicial concluyó que no existe lesión residual ni secuela funcional, estableciendo una incapacidad del 0%. El tribunal, tras analizar la prueba y el dictamen pericial, concluyó que no se acreditaron secuelas incapacitantes ni la relación causal jurídica con el evento denunciado. La sentencia afirmó: "el resultado de los exámenes complementarios: RX de mano derecha F y O del 15.03.2024. Informa: normal. RMN de mano derecha del 21.03.2024. Informa: normal. Mecanismo lesional: no es idóneo para producir secuela. La lesión producida por el traumatismo: actualmente no deja secuela funcional. Manifestación clínica: asintomático. Por lo cual no presenta lesión producida por el accidente que se debate en autos." Además, se rechazó la pretensión resarcitoria y se impusieron las costas a la parte actora. Fundamentos principales: "En base a la documentación médica obrante en autos, el examen clínico y los estudios médicos solicitados, el perito médico determinó que el actor, en base a los resultados de los exámenes complementarios, no presenta secuelas funcionales ni incapacidad derivada del siniestro. La valoración de la incapacidad fue del 0% de la T.O. y la evidencia médica avala que no existe lesión residual que justifique la pretensión indemnizatoria." "El dictamen pericial, resultado claro y congruente, trasmite sus ideas con precisión, y la credibilidad otorgada a dicho dictamen es razonable, dado que responde a las cuestiones planteadas y no presenta contradicciones."
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