FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS C/ MONSACCA S.A S/ COBRO DE APORTES DE CUOTA SINDICAL
El tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la parte actora, confirmando la decisión basada en la incumplimiento del plazo para impulsar el trámite y la notificación debida. La resolución ordenó la finalización del proceso y las costas a cargo de la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús analizó la situación procesal en el expediente "FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS C/ MONSACCA S.A S/ COBRO DE APORTES DE CUOTA SINDICAL" (Expte. N° 15656). La parte actora fue debidamente notificada mediante providencia que le otorgaba 5 días para realizar actividad procesal útil, bajo apercibimiento de declaración de caducidad. La parte no cumplió con dicha obligación, y tras análisis, el tribunal concluyó que no se efectuó actividad procesal alguna en el plazo establecido. La Dra. Marina Leticia López Bellot expresó que "se infiere que la parte a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 12, segundo párrafo, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia". Los votos de los jueces Monastero y Díaz Casas fueron en igual sentido. La resolución fue dictada unánimemente, ordenando la finalización del proceso y la imposición de costas a la parte actora por su inacción.
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