MAYOL LUIS FERNANDO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La sentencia reconoce el derecho del actor al pago de días de licencia anual no usufructuados, invalidando artículos inconstitucionales del decreto 387/2023 y ordena su pago con intereses y costas. La decisión se fundamenta en la normativa provincial, convenciones internacionales, y principios constitucionales que protegen el derecho al descanso y vacaciones pagadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Luis Fernando Mayol, demanda a la Provincia de Buenos Aires
- Ministerio de Seguridad, solicitando el pago de días de licencias anuales no gozadas y no incluidos en la liquidación realizada por la entidad pública. La Administración Fiscal contesta y rechaza la demanda, argumentando que la normativa reglamentaria impide el reconocimiento patrimonial del derecho, alegando prescripción y aplicando tasas de interés y actualización monetaria distintas. La sentencia analiza la normativa aplicable, incluyendo la ley 13.982, el decreto 1050/09 y su modificación por el decreto 387/2023, y concluye que la limitación temporal y la interpretación reglamentaria vulneran derechos constitucionales y convencionales, por lo que se declara la inconstitucionalidad de los artículos 3° y 4° del decreto 387/2023 y se hace lugar a la demanda. Se ordena el pago de las sumas devengadas por los días de licencia no gozados, actualizadas y con intereses, además de costas. La fundamentación destaca que la normativa reglamentaria desconoce las circunstancias acreditadas en las que el agente no pudo hacer uso de sus licencias por motivos ajenos a su voluntad, y que la protección constitucional y convencional del derecho al descanso y vacaciones impone su reconocimiento.
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