JARAMILLO GALINDO RENZO MAURICIO C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BS AS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La sentencia reconoce el derecho del actor a la liquidación y pago de la bonificación por antigüedad del 3%, por todos los años de servicios, invalidando normas que la redujeron o eliminaron por inconstitucionalidad. La Cámara confirma que las modificaciones legales implicaron una vulneración de derechos adquiridos y del principio de progresividad.
Quién demanda: JARAMILLO GALINDO RENZO MAURICIO
¿A quién se demanda?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BS AS.
- SERVICIO PENITENCIARIO BONAERENSE
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento del derecho a que se liquide y pague la bonificación por antigüedad al 3% en todos los años de servicio, retroactivo y con intereses, por inconstitucionalidad de leyes y decretos que la redujeron o eliminaron.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hace lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de las normas de las leyes 11.739, 11.905 y el decreto 240/96 que redujeron o eliminaron la porcentaje de bonificación, y ordena su pago con ajuste por intereses.
Fundamentos principales de la decisión:
- Se concluyó que las normas impugnadas implicaron una disminución salarial que vulnera derechos constitucionales y principios de progresividad y no regresividad.
- La reducción del 3% en la bonificación por antigüedad, que era un derecho adquirido en 1995, constituye un retroceso incompatibles con la Constitución provincial, dado que la progresividad impide retroceder en derechos ya conquistados.
- Se valoró que la modificación legislativa no fue temporal ni excepcional, sino extendida por más de 9 años, lo que refuerza la vulneración.
- La jurisprudencia de la Corte Suprema y la Corte provincial ratifican que las reducciones salariales deben cumplir requisitos de excepcionalidad y no ser definitivas, lo cual no ocurrió en este caso.
- La nulidad de las leyes y decreto se fundamenta en que violan la igualdad y la protección de derechos adquiridos y del principio de progresividad.
- Se rechaza la prescripción alegada por la parte demandada, dado que el hecho es continuo y las sumas adeudadas aún no prescribieron.
- Se ordena el pago retroactivo con intereses y actualización, con costas a la demandada.
- La exclusión del organismo previsional de la condena se fundamenta en la falta de su intervención en el proceso.
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