Logo

PERRONE SALVADOR C/ BARBOZA PABLO EMILIANO S/ ACCION REIVINDICATORIA

La sentencia de primera instancia ordenó la reivindicación y restitución del inmueble a favor de Salvador Perrone, rechazando la reconvención por usucapión y confirmando la legitimación del actor como titular registral. La resolución fundamenta que la prueba aportada por el demandado no acredita la posesión con ánimo de dueño durante 20 años, y que la documentación probatoria es insuficiente y no cumple con los requisitos legales para la usucapión.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Salvador Perrone, promovió demanda reivindicatoria contra Pablo Emiliano Barboza y otros ocupantes, reclamando la restitución del inmueble en San Justo, La Matanza, en virtud de ser titular registral del mismo según escritura pública y registros de dominio. La demandada interpuso excepción de falta de legitimación activa y reconvención basada en la prescripción adquisitiva de dominio (usucapión), alegando que posee el inmueble desde 2003 con ánimo de dueño. La sentencia analizó los medios probatorios ofrecidos por ambas partes, concluyendo que la prueba aportada por el demandado no acreditó actos posesorios con los requisitos legales durante los veinte años necesarios para la usucapión. Se valoraron declaraciones testimonial, informes periciales y documentación, determinando que las pruebas no demostraron la continuidad, paz, y publicitación de la posesión por parte del reconviniente, ni el cumplimiento de requisitos formales como el plano de mensura. La perito ingeniera constató que las construcciones tenían antigüedad superior a 20 años, pero ello no implica posesión con ánimo de dueño. Además, las constancias del juicio de divorcio del padre del demandado contradicen la fecha de inicio de la posesión alegada. Por todo ello, se rechazó la reconvención y se hizo lugar a la demanda reivindicatoria, ordenando la restitución del inmueble y condenando a la parte demandada al pago de costas. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "El artículo 24 de la Ley 14.159 regula la prueba de la usucapión y prevé que deben observarse las siguientes reglas: a) El juicio será de carácter contencioso y deberá entenderse con quien resulta titular del dominio; b) Con la demanda se acompañará plano de mensura, suscripto por el profesional autorizado y aprobado por la oficina técnica respectiva; c) Se admitirá toda clase de pruebas, pero el fallo no podrá basarse exclusivamente en la testimonial. Será especialmente considerado el pago, por parte del poseedor, de impuestos o tasas que gravan el inmueble, aunque los recibos no figuren a nombre de quien invoca la posesión; d) En caso de haber interés fiscal comprometido el juicio se entenderá con el representante legal de la Nación, de la Provincia o de la Municipalidad a quien afecta la demanda." "El que pretende la declaración de la adquisición del dominio inmobiliario

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar