ALBANO EZEQUIEL VICENTE c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La sentencia ordenó la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al régimen previsional del actor y dispuso el cese del descuento aplicado sobre sus haberes previsionales, además de ordenar el pago de sumas retroactivas y sus intereses, considerando la procedencia de la acción de amparo y la naturaleza alimentaria del crédito.
¿Quién es el actor?
Albano Ezequiel Vicente
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
- Objeto de la demanda: Solicitud de declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 y cese de descuentos en haberes previsionales, además del reintegro de sumas descontadas en concepto de impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la acción de amparo, declaró la inaplicabilidad del art. 9.2 de la ley 24.463 al caso del actor y ordenó a ANSES cesar los descuentos y pagar las sumas retroactivas, con intereses. La sentencia fundamenta que la jubilación del actor, en carácter de científico, no debe estar sometida a dicha escala de deducción, por tratarse de un régimen especial y no común, y que la acción es procedente por tratarse de una vía expedita y manifiesta, dada la naturaleza del acto cuestionado. Además, se consideró la naturaleza alimentaria del crédito y la jurisprudencia que respalda la protección de derechos previsionales frente a normativas que puedan afectar su cuantía o continuidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se analizó la naturaleza jurídica de la acción de amparo, la constitucionalidad de la normativa cuestionada, la condición especial del régimen jubilatorio del actor y la jurisprudencia vigente que sustenta la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 en estos casos, concluyendo que la aplicación del mismo resulta arbitraria y violatoria de derechos constitucionales y convencionales.
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