ROLDAN, LEONARDO DANIEL c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH - EX 17900324/23 s/AMPARO POR MORA
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala V confirmó la decisión de primera instancia en cuanto a la imposición de costas, pero modificó los honorarios del letrado de la parte actora, elevándolos a 10 UMAs, en respuesta a la naturaleza del proceso y la extensión del trabajo realizado.
- Quién demanda: Leonardo Daniel Roldán (actor)
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo por mora para que el Estado se expida en el marco de las actuaciones en un plazo de 30 días hábiles.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de apelación del demandado en cuanto a la imposición de costas y confirmó la decisión respecto a ellas, pero modificó los honorarios del letrado de la parte actora, elevándolos a 10 UMAs.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“Al respecto, es del caso señalar que en el artículo 14 de la Ley Nº 16.986, cuya aplicación supletoria no se encuentra controvertida en estas actuaciones, se establece que: ‘Las costas se impondrán al vencido. No habrá condena en costas si antes del plazo fijado para la contestación del informe a que se refiere el artículo 8º, cesara el acto u omisión en que se fundó el amparo’.” “En tales condiciones, toda vez que en autos no se configura el supuesto excepcional previsto en esa norma para eximir de costas al vencido, corresponde confirmar el pronunciamiento recurrido.” La decisión de modificar los honorarios se fundamenta en la naturaleza del proceso, el resultado obtenido, y la extensión, calidad y eficacia del trabajo del letrado, elevando los honorarios a 10 UMAs a cargo de la demandada, sin incluir IVA.
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