CIOFFI BEATRIZ SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó en su totalidad la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda por reajustes previsionales, rechazando los agravios respecto a la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y la aplicación del decreto 274/22, y diferiendo la acreditación de sumas extraordinarias para etapa de ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Beatriz Susana Cioffi demanda ante la ANSES en reclamo de reajuste de su haber jubilatorio y la incorporación de bonos y refuerzos previsionales. El tribunal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando la movilidad del haber y accesorios, y la Cámara confirmó esa decisión, rechazando los agravios sobre la constitucionalidad de la ley 27.609 y el método de movilidad, argumentando que no se evidenció irracionalidad ni confiscatoriedad en las normas cuestionadas. La Corte Suprema ha reconocido la facultad del Congreso para regular la movilidad jubilatoria, siempre que se respete la razonabilidad y los derechos constitucionales, y concluyó que no existen elementos que permitan declarar la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, ya que no se evidencia vulneración manifiesta del art. 14 bis de la CN. Además, se admitió parcialmente la queja respecto a las sumas extraordinarias y bonos, postergando su acreditación para futura etapa procesal, y se rechazaron otros planteos relativos a la aplicación del decreto 274/22 y las costas del proceso, manteniendo la normativa vigente y las reglas de distribución de costas conforme al art. 36 de la ley 27.423.
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