DUBINI LIDIA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó en parte la sentencia que ordenaba la redeterminación del haber previsional y la movilidad, rechazando los cuestionamientos sobre el cálculo y la constitucionalidad de las normas de movilidad y la aplicación de topes, y diferió ciertos análisis para la etapa de ejecución.
- Quién demanda: Lidia Alicia Dubini
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber previsional, invalidez de leyes de movilidad, incorporación de bonos y refuerzos, y cuestionamientos constitucionales a normas de movilidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto a la redeterminación del haber y la movilidad, rechazó la inconstitucionalidad de las leyes de movilidad, y diferió ciertos análisis para la etapa de ejecución. También confirmó la validez de las leyes y decretos cuestionados, y reglamentó las costas y honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En atención a las normas del artículo 14 bis de la Constitución Nacional y la potestad legislativa para determinar el método de movilidad, la Cámara sostuvo que no existen elementos suficientes para declarar la inconstitucionalidad de las normas de movilidad establecidas por la ley 27.541 y sus modificatorias, en particular, la ley 27.609, ya que no se evidencia irracionalidad manifiesta ni vulneración del derecho a la movilidad previsional. Además, consideró que las medidas adoptadas en el marco de la emergencia por la ley 27.541, incluyendo los refuerzos y bonos, están justificadas en la crisis económica y social, y tienen un carácter transitorio, sin que ello implique una vulneración constitucional. La Cámara también ratificó que el método de movilidad, aun cuando no sea el más favorable en todos los casos, se ajusta a los principios de razonabilidad y proporcionalidad establecidos en la jurisprudencia. En cuanto a la constitucionalidad del art. 55 de la ley 27.541, concluyó que no se viola la Constitución, dado que las restricciones fueron establecidas en un contexto de emergencia y conforme a los márgenes de delegación legislativa. La inaplicabilidad del impuesto a las ganancias y la valoración de la retroactividad de las normas también fueron abordadas en línea con la jurisprudencia del Alto Tribunal, confirmando la validez de dichas disposiciones."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: