DEAMBROSI CRISTINA INES c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La sentencia de primera instancia declaró la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, ordenó el pago total de la prestación jubilatoria, incluyendo las sumas retenidas en concepto de deducciones, y rechazó la aplicación del tope legal para los beneficiarios del régimen especial de jubilaciones docentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Cristina Inés Deambrosi, demanda amparo contra la ANSES para que se declare la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 y que se reintegren las sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias, más intereses.
- La demandada argumenta que la vía de amparo es improcedente por caducidad y que la normativa cuestionada resulta aplicable y razonable, además de defender la validez del régimen y la deducción.
- La sentencia reconoce que la beneficiaria percibe un beneficio bajo un régimen especial de jubilaciones docentes, que la jurisprudencia y la constitucionalidad avalan la protección del régimen de la ley 24.016, y que la aplicación del art. 9 de la ley 24.463 resulta incompatible con la naturaleza del régimen especial.
- La sentencia concluye que el art. 9 de la ley 24.463 es inaplicable a los beneficiarios del régimen de la ley 24.016, ordenando que la ANSES abone la prestación en su totalidad, incluyendo las sumas retenidas desde los dos años anteriores a la demanda, con intereses, y que las costas sean a cargo de la demandada.
- La sentencia también difiere la regulación de honorarios y ordena la liquidación definitiva.
- La decisión fue apelada, pero la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos, manteniendo la declaración de inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 y las órdenes de pago.
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