DOMINGUEZ, CLAUDIA ROSA c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
La Cámara Civil y Comercial Federal confirma la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo en favor de la actora y ordenó a OSDE mantener su afiliación en las mismas condiciones que antes de jubilarse, señalando que la normativa y jurisprudencia aplicables sustentan la decisión y que la reducción de honorarios se ajusta a las pautas profesionales y reglamentaciones vigentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, C.R.D., demandó a OSDE solicitando que mantuviera su afiliación en las mismas condiciones que tenía antes de jubilarse, beneficio que obtuvo el 1 de junio de 2023. La demandada rechazó lo solicitado, pero el juez de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo, condenando a OSDE a mantener la afiliación en el Plan OSDE 210 y a abonar la diferencia si se trataba de un plan superior. OSDE apeló, argumentando que la sentencia no consideraba la normativa que correspondería a la actora al momento de acceder al beneficio y que no podía mantener las condiciones previas. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, remitiéndose a jurisprudencia de causas anteriores que respaldan la protección del derecho a la salud y la continuidad de la cobertura. La decisión también reguló honorarios, reduciéndolos por la naturaleza del proceso y considerando la extensión del trabajo en alzada. La sentencia enfatiza que la acción tiene por finalidad preservar el derecho a la salud y que la normativa y jurisprudencia protegen ese derecho en casos similares.
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