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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MACEIRO , NICOLAS AGUSTIN s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

La Cámara Federal de San Martín confirmó en parte la condena por tráfico de drogas y portación de armas, y unificó penas, revocando la condicionalidad previa. La decisión se fundamenta en la acreditación de los hechos y la adecuación de la pena acordada en juicio abreviado.

Apelacion Cocaina Condena condicional Portacion de armas Trafico de drogas Juicio abreviado Prision efectiva Unificacion de penas Concurso real Articulos 5? 189 bis del cp


¿Quién es el actor?

El Estado, representado por el Ministerio Público Fiscal.
- A quien se demanda: Nicolás Agustín Maceiro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La condena por tráfico de estupefacientes y portación ilegal de armas, con la imposición de penas y costas.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la condena de 4 años de prisión por tráfico y portación de arma, y se unificó con la condena previa, imponiendo una pena única de 5 años y 10 meses de prisión, revocando la condicionalidad anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La prueba documental, testimonios, informes periciales y conversaciones telefónicas acreditan la participación de Maceiro en el tráfico de 275 gramos de cocaína y portación de arma apta para disparar. La conducta fue calificada legalmente como tráfico en concurso con portación sin autorización, en línea con los artículos 5°, inc. “c” de la ley 23.737; 189 bis, inc. 2° del CP. La valoración de las circunstancias personales y la gravedad del hecho justifican la pena acordada. La unificación de condenas se realiza en atención a la condena anterior por robo agravado, en concurso real, con fecha 5/09/2023, por lo que la pena final de 5 años y 10 meses resulta adecuada y proporcional.

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