Logo

GOMEZ, ELIDA ELISA c/ ANSES s/HABER MÍNIMO GARANTIZADO

La Cámara Federal de Rosario confirmó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 y rechazó el agravio respecto a la movilidad del haber, manteniendo la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSeS pagar las diferencias no prescriptas en la pensión y reajustar conforme a los fallos citados.

Inconstitucionalidad Accion de amparo Derechos previsionales Movilidad jubilatoria Ley 24.241 Ley 24.463 Dnu 157/2018 Diferencias no prescriptas Sentencia de primera


- Quién demanda: Elida Elisa Gómez

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferenzas en la pensión y reajuste conforme a fallos jurisprudenciales, además de la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la decisión de primera instancia en cuanto ordenó a la ANSeS pagar las diferencias no prescriptas y reajustar la haber, rechazando los agravios sobre la movilidad y la constitucionalidad del art. 7 de la ley 24.463. Además, confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y ordenó la imposición de costas a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala recordó que en autos “Deprati, Adrián Francisco c/ANSES s/ Amparos y sumarísimos” del 04/02/2016, la Corte Suprema reconoció la naturaleza previsional de las rentas vitalicias y el derecho de movilidad jubilatoria. Añadió que la jurisprudencia reiterada de esta Sala “B” sostiene que las rentas vitalicias otorgadas bajo la ley 24.241 deben ser consideradas en el marco de la movilidad previsional, por lo que los agravios respecto a dicha movilidad fueron rechazados. En cuanto al plazo de prescripción, la Sala ratificó que no corresponde aplicar el plazo del art. 82 de la ley 18.037, ya que la sentencia de primera instancia fue dictada en los términos solicitados por la demandada. Respecto a la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 24.463, consideró que, dado que la beneficiaria obtuvo su beneficio en fecha anterior, dicho agravio resulta inoficioso. En relación a la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, la Sala confirmó la decisión de mantener dicha declaración, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema y en virtud de la protección del derecho previsional. La sentencia destaca que la protección del derecho previsional y la jurisprudencia consolidada justifican la decisión.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar