REVOLERO, GRACIELA EDITA c/ ANSES s/EJECUCION DE SENTENCIA
La sentencia de primera instancia ordena la ejecución de la sentencia firme a favor de la actora, rechazando las excepciones de la demandada y ordenando el pago por parte de la ANSES, considerando que la sentencia adquirió autoridad de cosa juzgada y que la excepción de falta de acción carece de sustento. La resolución destaca que la sentencia fue dictada con autoridad de cosa juzgada, y que las excepciones de la demandada no tienen fundamento legal ni probatorio suficiente, por lo que procede la ejecución y el pago. Además, se regularon honorarios y costas, y se dispuso la intervención de las cajas forenses y de seguridad social correspondientes. La decisión fue tomada en base a la firmeza de la sentencia, la naturaleza del crédito alimentario, y la imposibilidad de dilatar indefinidamente su cumplimiento. La sentencia también rechazó la excepción de espera legal y afirmó que los actos procesales desde la adquisición del derecho hasta la satisfacción de la condena constituyen etapas en un procedimiento dirigido a obtener la expresión de un derecho ya existente. La resolución concluye que, en virtud de la autoridad de cosa juzgada y la firmeza de la sentencia, se ordena a la ANSES abonar los importes resultantes de la liquidación aprobada en autos, dentro de los veinte días de quedar firme la resolución, bajo apercibimiento de embargo.
Costas
Honorarios
Ejecucion de sentencia
Liquidacion
Sentencia firme
Anses
Actualizacion de haberes
Excepcion de falta de accion
Autoridad de cosa juzgada
Proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: