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REVOLERO, GRACIELA EDITA c/ ANSES s/EJECUCION DE SENTENCIA

La sentencia de primera instancia ordena la ejecución de la sentencia firme a favor de la actora, rechazando las excepciones de la demandada y ordenando el pago por parte de la ANSES, considerando que la sentencia adquirió autoridad de cosa juzgada y que la excepción de falta de acción carece de sustento. La resolución destaca que la sentencia fue dictada con autoridad de cosa juzgada, y que las excepciones de la demandada no tienen fundamento legal ni probatorio suficiente, por lo que procede la ejecución y el pago. Además, se regularon honorarios y costas, y se dispuso la intervención de las cajas forenses y de seguridad social correspondientes. La decisión fue tomada en base a la firmeza de la sentencia, la naturaleza del crédito alimentario, y la imposibilidad de dilatar indefinidamente su cumplimiento. La sentencia también rechazó la excepción de espera legal y afirmó que los actos procesales desde la adquisición del derecho hasta la satisfacción de la condena constituyen etapas en un procedimiento dirigido a obtener la expresión de un derecho ya existente. La resolución concluye que, en virtud de la autoridad de cosa juzgada y la firmeza de la sentencia, se ordena a la ANSES abonar los importes resultantes de la liquidación aprobada en autos, dentro de los veinte días de quedar firme la resolución, bajo apercibimiento de embargo.

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