REYES, RODOLFO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Paraná revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y ordena la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 para el reajuste del haber inicial, además de declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y del art. 9 de la ley 24.241, y modifica la distribución de costas en función del resultado.
¿Quién es el actor?
Rodolfo José Reyes
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste y movilidad de haberes previsionales, actualización del haber inicial y cuestionamiento constitucional del régimen impositivo y legal.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y del art. 9 de la ley 24.241, y se aplicó el índice ISBIC hasta febrero de 2009 para el reajuste del haber inicial. Además, se admitió parcialmente el recurso de la demandada y se revocó la imposición de costas a la ANSES, distribuyéndolas en el orden causado conforme al resultado. También se dejó a resguardo el derecho a plantear futuras reclamaciones respecto a la liquidación y al precedente “Villanustre”.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia fundamenta que la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 resulta válida y ratificada por la Corte Suprema en precedentes “Elliff” y “Blanco”, por tratarse de una variable de ajuste de gran incidencia sobre el contenido económico de las prestaciones, y que la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 es de oficio, en línea con la jurisprudencia de la Corte. Además, se indica que la normativa vigente después de esa fecha se ajusta a las pautas de las leyes 26.417 y 27.426, y que la inconstitucionalidad del régimen de impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales debe mantenerse, conforme la jurisprudencia de la CSJN. La distribución de costas en función del resultado favorece a la parte vencedora, en este caso, la demandada, en virtud del art. 36 de la ley 27.423.
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