SENDRA, ESTELA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Paraná confirmó parcialmente las decisiones de primera instancia respecto del recálculo de haberes previsionales y declaró la inconstitucionalidad de ciertos decretos y resoluciones, manteniendo en su mayoría la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 y rechazando otros agravios en materia de movilidad y bonos extraordinarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, Sra. Sendra, demanda a la ANSES por reajuste y movilidad de sus haberes previsionales.
- La demandada, ANSES, impugna la utilización del índice ISBIC y cuestiona la constitucionalidad de varias normativas, además de solicitar la aplicación del fallo “Villanustre” y la validez de bonos extraordinarios otorgados por el Estado.
- La sentencia de primera instancia ordenó el recálculo del haber inicial, aplicando el índice ISBIC hasta febrero de 2009 y declaró la constitucionalidad de los bonos extraordinarios.
- La Cámara, tras analizar los agravios, concluyó que:
La aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 resulta válida y fue ratificada por la Corte Suprema en el precedentes “Elliff”.
La declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y la aplicación del índice ISBIC hasta esa fecha son correctas.
La normativa que regula la movilidad después de esa fecha debe aplicarse en función de las leyes 26.417 y 27.426.
La declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163/20, 495/20, 692/20 y 899/20 se mantiene.
La inconstitucionalidad del régimen de ganancias sobre el haber previsional es válida según la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Se rechaza el planteo de costas y honorarios de la parte demandada, por ser ANSES sustancialmente vencida.
- La Cámara confirma la sentencia de primera instancia, rechaza la apelación de ambas partes respecto de las cuestiones principales y deja en reserva el derecho de la demandada a plantear futuras cuestiones de aplicación del fallo “Villanustre”.
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