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DECOMBARD, ELOY ALCIDES c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La Cámara Federal de Paraná confirmó parcialmente la decisión de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la Resolución 3/2021 SSS en cuanto a la inaplicabilidad del índice ISBIC para actualizar aportes en relación de dependencia hasta febrero 2009, además de invalidar el art. 3 del DNU 157/2018 y ordenar el recálculo del haber inicial conforme los precedentes “Makler”, “Elliff” y “Blanco”, manteniendo la reserva del caso federal.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Inconstitucionalidad de normas Beneficios previsionales Reajuste de haberes previsionales Indice isbic Recalculo de haber inicial Reserva del caso federal Ley 24.241 Dnu 157/2018


- Actores: Eloy Alcides Decombard

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste y movilidad de su haber previsional, con solicitud de recálculo del haber inicial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a la ANSES el recálculo del haber inicial conforme a los precedentes judiciales “Makler”, “Elliff” y “Blanco”. Se dejó a resguardo el derecho del actor a un eventual nuevo planteo respecto del reajuste de la PBU conforme el fallo “Quiroga”. Se rechazaron los agravios sobre la constitucionalidad de los decretos 163/2020 y 495/2020, y también el cuestionamiento respecto de la ley 27.609. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron costas a la demandada.
- Fundamentación principal: La Sala sostuvo que la aplicación del índice ISBIC para la actualización de aportes en relación de dependencia hasta febrero 2009 es válida, ratificando el precedente “Elliff” y rechazando la aplicación del precedente “Makler” en cuanto a la ley 24.463, por la similitud de regímenes. Además, dejó en evidencia que la aplicación del índice ISBIC no puede considerarse una facultad del organismo previsional, sino una cuestión de mayor relevancia constitucional, por lo que declaró su inconstitucionalidad la Resolución 3/2021 SSS en cuanto a su restricción a los aportes anteriores a marzo 2009. También se invalidó el art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a la ANSES.
- Disidencia: No se presenta disidencia explícita en el extracto, solo la adhesión de la Dra. Aranguren a los votos del Dr. Busaniche.

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