INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS NN, (MURUA LUIS ALBERTO) SOBRE 173 INC. 15 - DEFRAUDACIÓN MEDIANTE EL USO NO AUTORIZADO DE DATOS s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 20 en un incidente de competencia en causa por estafa informática. La decisión se fundamentó en la jurisprudencia y en la opinión mayoritaria de los jueces, rechazando la competencia del juzgado penal n° 4 y remitiendo las actuaciones al juzgado competente.
- Actor: La parte denunciante, víctima de una estafa informática.
- Demandado: No identificado en el extracto, pero presuntamente el autor del ilícito.
- Objeto de la demanda: Cuestión de competencia en un incidente por presunta estafa informática.
- Decisión del tribunal: Se declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 20, en base a la jurisprudencia del precedente "Bazán" y a la opinión del Fiscal General Adjunto, que consideraron que los hechos encuadran en la figura de estafa tipificada en el art. 172 del CP, dada la existencia de engaño, error y acto de disposición patrimonial perjudicial.
- Fundamentos principales:
"El daño patrimonial sobrevino como resultado del error al que fue llevada la damnificada, quien, víctima de un evidente engaño, proporcionó datos personales y el código token de su cuenta bancaria, y llevó a cabo instrucciones que facilitaron el acceso a su cuenta y la realización de una transferencia no consentida, por lo que se cumplen los elementos de la figura de estafa en el art. 172 del CP."
"De acuerdo con el criterio fijado por la Corte en el precedente “Bazán” (Fallos: 342:509), corresponde que este Tribunal declare la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 20, en atención a que los hechos se vinculan con delitos de competencia federal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires."
La jueza Alicia E. C. Ruiz expresó la disidencia en cuanto a la competencia, basándose en su criterio y en precedentes propios, pero la mayoría decidió aceptar la atribución del juzgado nacional.
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