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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS ARECO, CLAUDIA BEATRIZ Y OTROS SOBRE 149 BIS - AMENAZAS Y OTROS S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

El Tribunal Superior de Justicia declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 62 en causa por estafa, remitiendo las actuaciones tras analizar la declinatoria de competencia de los jueces inferiores y fundamentando en la naturaleza del hecho delictivo y precedentes jurisprudenciales.

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¿Quién es el actor?

La víctima de la presunta estafa.

¿A quién se demanda?

No se demanda a una persona específica, sino que se discute la competencia en relación con hechos delictivos vinculados a una transacción por redes sociales.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La determinación de la competencia para investigar y sustanciar la causa por presunto delito de estafa (art. 172 del CP) derivado de una transacción fallida en Instagram, en la que la víctima realizó un pago y no recibió el bien.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia declaró competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 62, remitiendo las actuaciones y dejando sin efecto la declinatoria de competencia de los tribunales inferiores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por los fundamentos recogidos por el Tribunal in re “Cornejo”, expte. nº 241840 (resolución del 9/02/2022) y “Osso”, expte. nº 114302 (resolución del 3/11/2021), y en línea con los fundamentos expresados por el Fiscal General Adjunto en estos actuados, a los que remitimos en lo pertinente, por razones de brevedad, corresponde asignar competencia para continuar con la investigación al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 62." "Ello, en atención a que los hechos denunciados, en su configuración jurídica, encajan en la figura del art. 172 del Código Penal, dado que la maniobra delictiva desplegada por el autor habría simulado ofrecer a la venta accesorios electrónicos, induciendo a error al damnificado y provocándole un perjuicio patrimonial." "Se considera que la naturaleza del delito y la jurisprudencia invocada justifican la competencia del Juzgado Nacional, con base en que el hecho delictivo se vincula con conductas que afectan el orden público y la esfera delictiva de competencia federal."

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