INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS N., N. SOBRE 173 INC. 16 - ESTAFA INFORMÁTICA S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 19 para conocer en la causa por hechos delictivos vinculados a amenazas, lesiones y violación de domicilio, debido a la vinculación de los hechos y la necesidad de tramitación conjunta, en cumplimiento del precedente “Bazán”. La sentencia prioriza la unidad de investigación para evitar decisiones contradictorias y garantizar la correcta administración de justicia.
El presente incidente fue promovido por la disputa de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 19 y el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 20 respecto a una serie de hechos delictivos presuntamente cometidos por los imputados contra una denunciante en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La denuncia incluye hechos ocurridos el 10 de abril de 2022, que involucran apoderamiento ilegítimo de un teléfono, agresiones físicas, ingreso ilegítimo a la vivienda y amenazas posteriores. La resolución judicial analiza la descripción de los hechos, la vinculación entre ellos y la doctrina jurisprudencial, en particular el precedente “Bazán” (Fallos: 342:509), que establece que en conflictos de competencia entre jueces no federales en la Ciudad Autónoma, corresponde al Tribunal Superior de Justicia resolver la controversia. Los jueces Otamendi, De Langhe e Weinberg coinciden en que la unidad de investigación y la comunidad probatoria justifican la competencia del juzgado nacional, por lo que se declara procedente el incidente y se hace lugar a la declinatoria de competencia del juzgado en lo penal, contravencional y de faltas. La jueza Ruiz, por su parte, respeta la doctrina y la resolución mayoritaria, apoyando la decisión de remitir el expediente al juzgado competente. El juez Lozano ratifica la competencia del juzgado nacional en base a la conexión de los hechos y la jurisprudencia aplicable. En consecuencia, se ordena que el incidente sea remitido a dicho juzgado, notificando al Fiscal General y comunicando la resolución a la autoridad judicial en lo penal, contravencional y de faltas.
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