CASIQUE SALAS, JORMAX s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en CASIQUE SALAS, Jormax SOBRE 292 1°PARR - FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO Y PRIVADO
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires confirmó la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 2 para entender en el incidente de competencia en autos por hechos relacionados con estafas mediante maniobras de suplantación y acceso fraudulento a cuentas bancarias. La decisión se basó en la doctrina del precedente “Bazán” y en la remisión del expediente por parte del juzgado local, estableciendo que el conflicto corresponde a la jurisdicción federal en la materia.
- Quien demanda: No es un proceso de demanda clásica, sino un incidente de competencia entre órganos judiciales.
- A quién se demanda: No aplica en este contexto, ya que es un conflicto entre jueces y tribunales.
- Qué se reclama: La definición de la competencia para entender en las causas que investigan maniobras delictivas relacionadas con estafas bancarias y delitos informáticos.
- Qué se resolvió: El Tribunal Superior de Justicia declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 2 para continuar con la investigación, siguiendo el criterio jurisprudencial del precedente “Bazán”.
- Fundamentos principales:
"De acuerdo con la doctrina del precedente 'Bazán' (Fallos, 342:509), cuando la contienda se produce entre magistrados con competencia no federal que ejercen su jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el Tribunal Superior de Justicia el órgano competente para resolver el conflicto."
"El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 2 remite las actuaciones en atención al criterio fijado por la Corte Suprema en 'Bazán', y en este caso corresponde que el Tribunal Superior de Justicia asuma la competencia, dado que la disputa involucra a tribunales de la misma jurisdicción y materia."
"Asimismo, la posición del Fiscal General Adjunto, quien sostuvo que los hechos debían ser subsumidos en el art. 172, CP, refuerza la atribución del tribunal federal en la materia, por tratarse de delitos relacionados con estafas y delitos informáticos que afectan el patrimonio y la confianza en instituciones bancarias."
La jueza Alicia E. C. Ruiz expresó que, pese a discrepancias con la doctrina del fallo “Bazán”, la mayoría del tribunal decidió aceptar la competencia del juzgado federal en base a la jurisprudencia consolidada y a la remisión del expediente.
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