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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en VALDEZ, MARCIAL ALEJANDRO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - GENERICO

El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja del GCBA contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un proceso de acceso a la información pública, argumentando que no se presentaron razones suficientes para suspender el trámite del proceso.

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- Actor: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
- Demandado: Tribunal Superior de Justicia (en calidad de control de la decisión de Cámara de Apelaciones)
- Objeto de la demanda: Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, contra la decisión de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que declaró desierto su recurso de apelación y confirmó la sentencia de grado que admitió la demanda de acceso a información pública, en un caso referido a un pedido de información sobre un establecimiento educativo solicitado al Ministerio de Educación e Innovación Tecnológica.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la solicitud de suspensión del proceso de la queja por falta de argumentos suficientes y se confirma el curso normal del trámite.
- Fundamentos principales: Los jueces Inés Weinberg, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi señalaron que "la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el curso del proceso (art. 32, ley nº 402)" y que "el Tribunal solo excepcionalmente puede resolver mediante decisión expresa la suspensión de los efectos o ejecución del pronunciamiento impugnado, previa justificación seria". Añadieron que en el caso, "la parte recurrente no expone argumentos suficientes sobre la magnitud y/o el carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada", por lo que corresponde rechazar la petición. Por su parte, la jueza Alicia E. C. Ruiz afirmó que "la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido", fundamentando que "la interposición de la queja no suspende el curso del proceso, salvo casos excepcionales". Finalmente, el juez Luis Francisco Lozano sostuvo que "no se muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad haya sido mal denegado, ni que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia". Por ello, también se decidió rechazar la solicitud.

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