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Metrovías SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ Metrovías SA c/ Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Bs. As. s/ otros rec. judiciales c/ res. pers. públicas no est. s/ OTROS PROCESOS INCIDENTALES

Tribunal regula honorarios de la abogada Puccio por actuación en recurso extraordinario federal, fijándolos en $212.536,40, con actualización por intereses y IVA, considerando la complejidad y el resultado del proceso. La decisión combina criterios de la ley 5134 y valoraciones de la Cámara.

Regulacion de honorarios Monto minimo Base regulatoria Honorarios del abogado


- Quién demanda: Natali Z. Puccio en representación del Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Metrovías SA y otras partes en el marco del incidente de honorarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regularización de honorarios por la labor en contestación de recurso extraordinario federal, con base en sentencia de Cámara que reguló honorarios en $75.000 y adicionales en $37.500, y en el monto de la liquidación firme.

¿Qué se resolvió?

Se regularizaron los honorarios en $212.536,40, correspondientes a la actividad como letrada patrocinante y apoderada, con actualización por intereses y IVA. La decisión se fundamenta en la complejidad del caso, el valor de la causa, y la normativa aplicable, y está respaldada por la mayoría de los jueces.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los jueces recordaron que, conforme al art. 30 de la ley 5134, las actuaciones en segunda instancia se regulan en un porcentaje del 30-40% de los honorarios fijados en primera instancia. La sentencia de la Cámara estableció que los honorarios en primera instancia eran de $75.000, más adicionales de $37.500, y que el monto total de la liquidación firme era inferior a los límites establecidos por la ley. Considerando esto, la regulación de honorarios en $212.536,40 resulta adecuada en función de la complejidad, el resultado y las etapas procesales. Asimismo, se aplicó el criterio del art. 30 de la ley 5134 y la doctrina jurisprudencial en cuanto a la actualización de honorarios. La mayoría del tribunal coincidió en la cuantía, mientras que el juez Lozano propuso un 35% sobre la suma de la liquidación, ajustándose a la normativa y a la doctrina vigente, y considerando intereses y actualización.

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