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Metrovías SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ Metrovías SA c/ Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Bs. As. s/ otros rec. judiciales c/ res. pers. públicas no est. s/ OTROS PROCESOS INCIDENTALES

Tribunal regula honorarios de la abogada Puccio por actuación en recurso extraordinario federal, fijándolos en $212.536,40, con actualización por intereses y IVA, considerando la complejidad y el resultado del proceso. La decisión combina criterios de la ley 5134 y valoraciones de la Cámara.

Regulacion de honorarios Monto minimo Base regulatoria Honorarios del abogado


- Quién demanda: Natali Z. Puccio en representación del Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires.
- A quién se demanda: Metrovías SA y otras partes en el marco del incidente de honorarios.
- Qué se reclama: Regularización de honorarios por la labor en contestación de recurso extraordinario federal, con base en sentencia de Cámara que reguló honorarios en $75.000 y adicionales en $37.500, y en el monto de la liquidación firme.
- Qué se resolvió: Se regularizaron los honorarios en $212.536,40, correspondientes a la actividad como letrada patrocinante y apoderada, con actualización por intereses y IVA. La decisión se fundamenta en la complejidad del caso, el valor de la causa, y la normativa aplicable, y está respaldada por la mayoría de los jueces. Fundamentos: Los jueces recordaron que, conforme al art. 30 de la ley 5134, las actuaciones en segunda instancia se regulan en un porcentaje del 30-40% de los honorarios fijados en primera instancia. La sentencia de la Cámara estableció que los honorarios en primera instancia eran de $75.000, más adicionales de $37.500, y que el monto total de la liquidación firme era inferior a los límites establecidos por la ley. Considerando esto, la regulación de honorarios en $212.536,40 resulta adecuada en función de la complejidad, el resultado y las etapas procesales. Asimismo, se aplicó el criterio del art. 30 de la ley 5134 y la doctrina jurisprudencial en cuanto a la actualización de honorarios. La mayoría del tribunal coincidió en la cuantía, mientras que el juez Lozano propuso un 35% sobre la suma de la liquidación, ajustándose a la normativa y a la doctrina vigente, y considerando intereses y actualización.

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