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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BAEZ, MAXIMILIANO ALBERTO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja del GCBA por recurso de inconstitucionalidad denegado y confirmó la continuidad del proceso en la causa relacionada con la presentación de un plan de obra para garantizar la accesibilidad en un establecimiento educativo.

Remuneracion Diferencias salariales Paritarias Empleo publico Caracter remunerativo Sueldo anual complementario Fondo nacional de incentivo docente Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Adicionales de remuneracion

El actor, en este caso el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA), demanda la suspensión del proceso iniciado en la sentencia de primera instancia que lo intimaba a presentar un plan de obras para garantizar la accesibilidad completa en el establecimiento Educativo Nº 5 D.E. 20 “Vicente López y Planes”. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo confirmó esa resolución, rechazando el recurso de apelación del GCBA. El GCBA interpuso una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, solicitando que se le otorgue carácter suspensivo al recurso, argumentando que ello evitará futuras nulidades. La mayoría de los jueces del Tribunal (Marcela De Langhe, Inés M. Weinberg y Santiago Otamendi) recordaron que la doctrina reiterada del Tribunal indica que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad no suspende por regla el curso del proceso, salvo excepciones que requieren una justificación seria, la cual no fue aportada en este caso. Por su parte, la jueza Alicia E. C. Ruiz destacó que la falta de fundamentos que permitan apartarse de la regla general conduce al rechazo del pedido, reiterando la jurisprudencia del Tribunal que establece que la falta de acreditación de razones que justifiquen la excepción implica que el recurso no suspende el proceso. El juez Luis Francisco Lozano también coincidió en que el GCBA no mostró que la denegación del recurso de inconstitucionalidad haya sido mal otorgada ni que la medida sea imprescindible para preservar los efectos de la sentencia. En consecuencia, el Tribunal resolvió rechazar la petición de suspensión del proceso y ordenó que se continúe con el trámite de la queja. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Es doctrina reiterada del Tribunal que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el curso del proceso (art. 32, ley 402). El Tribunal solo excepcionalmente puede resolver mediante decisión expresa la suspensión de los efectos o ejecución del pronunciamiento impugnado, y para ello debe contar con una razón seria que así lo justifique, en tanto ello supone reconocer una excepción a la regla mencionada y sustraer el trámite del proceso de su cauce normal." "En estas actuaciones es posible advertir que la parte recurrente no expone argumentos suficientes sobre la magnitud y/o la irreparabilidad del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, que permitan hacer excepción a la regla general desarrollada en el párrafo anterior."

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