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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GRILLI, PABLO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La Sala Superior de la Ciudad de Buenos Aires revocó la reducción de honorarios a una abogada, argumentando que la norma nacional aplicable (artículo 730 del Código Civil y Comercial) permite la regulación en base a un porcentaje del monto de la sentencia, en lugar del mínimo arancelario. La decisión del tribunal se fundamentó en que la norma local (ley 5134) y la nacional no son compatibles en este aspecto y que la reducción por debajo del mínimo viola el principio de legalidad y el derecho de defensa. La sentencia destaca que la interpretación del artículo 730 del CCC no impide la regulación de honorarios por debajo del mínimo legal si se ajusta a la norma, y que en este caso, la regulación en primera instancia fue correcta y proporcional, pero la Sala la modificó considerando la normativa nacional, revocando así la sentencia de la Cámara.

Remuneracion Diferencias salariales Aportes previsionales Empleo publico Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Fundamentacion por remision a precedente Apartamiento palmario de la sentencia

Actor: Cecilia Laura Valera, letrada de la parte actora. Demandado: Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones del Consumo (en su decisión de reducir honorarios). Objeto: La regulación de honorarios profesionales por parte de la Cámara, solicitando que se respeten los mínimos legales y que se deje sin efecto la reducción por debajo del mínimo previsto en la ley 5134. Decisión: La Sala Superior revocó la sentencia que redujo los honorarios y ordenó que se regulen en la suma de 72.450 dólares, conforme al mínimo legal, considerando que la interpretación del artículo 730 del CCC permite la regulación en función del monto de la sentencia y no necesariamente en base al mínimo arancelario. La sentencia también rechazó los recursos de reposición y queja promovidos por la parte recurrente. Fundamentos: La norma nacional (artículo 730 del CCC) establece que la responsabilidad por costas y honorarios no debe exceder del 25% del monto de la sentencia, y permite la prorrata en caso de regulaciones superiores a ese porcentaje, sin que ello implique un límite absoluto a los honorarios. La interpretación del tribunal superior es que el artículo 730 del CCC no impide la regulación por debajo del mínimo legal si la ley nacional permite una regulación proporcional y en función del monto del proceso. La sentencia de la Cámara, que aplicó el mínimo legal de 6 UMA, contravino la norma nacional y afectó el derecho de defensa de la letrada, por lo que debe ser revocada. La ley 5134 establece que los honorarios mínimos deben respetarse, pero si la normativa nacional (artículo 730 del CCC) autoriza una regulación distinta, esta última prevalece, siempre que no se supere el porcentaje del 25% del monto de la sentencia.

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