GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en DOMINGUEZ, MARIA DANIELA CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE AMPARO - EMPLEO PUBLICO-OTROS
La queja de Claudio Omar González por denegatoria de recurso de inconstitucionalidad fue rechazada por el Tribunal, que consideró que la argumentación recursiva no lograba demostrar la arbitrariedad ni la vulneración de garantías constitucionales, confirmando la decisión de la Cámara de apelaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Claudio Omar González
Demandado: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y otros
Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad contra la denegatoria del recurso presentado por el actor, en relación con sanciones laborales y evaluación de desempeño en la Administración Pública.
Decisión: El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja por no evidenciar la existencia de una afectación constitucional concreta ni una arbitrariedad en la resolución impugnada. La sentencia cuestionada había considerado que las cuestiones analizadas eran de carácter infraconstitucional, vinculadas a la interpretación de normas y hechos internos, sin implicar un conflicto de garantías constitucionales.
Fundamentos principales:
- La sentencia de la Cámara revocó la primera instancia y rechazó la demanda, fundamentando que el procedimiento sumarial seguido por el GCBA cumplió con las formas y garantías establecidas en la normativa infraconstitucional, y que la decisión no era irrazonable ni carente de motivación.
- La recurrente no logró demostrar que la resolución impugnada vulnerara derechos constitucionales ni que hubiera incurrido en arbitrariedad extrema. La simple disconformidad con la valoración de hechos y prueba no configura un afectación constitucional.
- La jurisprudencia del Tribunal y de la CSJN establecen que las quejas por denegatoria de recursos constitucionales deben contener una crítica concreta y fundada respecto de las razones del auto que deniega el recurso, lo cual no ocurrió en este caso.
- La argumentación del actor fue considerada una mera disconformidad con la resolución, sin sustento en una afectación constitucional real, y además, no se evidenció que la resolución impugnada fuera un acto arbitrario o carente de fundamentación.
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