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MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS ALTAMIRANO, LAUTARO EZEQUIEL SOBRE 189 BIS (2) - TENENCIA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires resolvió eximir a J.G.R de la obligación de realizar el depósito previo para interponer el recurso de queja, por estar en línea con la jurisprudencia que favorece la defensa oficial y por acreditar la concesión del beneficio de litigar sin gastos. La decisión confirma la procedencia del recurso sin exigir la prestación del depósito.

Beneficio de litigar sin gastos Deposito previo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Exencion de deposito

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Ministerio Público – Defensoría General de la Ciudad de Buenos Aires interpuso una queja por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un expediente de lesiones culposas. El Tribunal, tras analizar la documentación aportada, concluyó que J.G.R. había recibido el beneficio de litigar sin gastos (resolución del 7 de septiembre de 2021, del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 3). En base a ello, eximió al recurrente del depósito previo requerido por el art. 33 de la ley n° 402, considerando que la norma y la jurisprudencia vigente permiten tal exención en estos casos. La jueza Alicia E. C. Ruiz remite a varias resoluciones anteriores en las que se ha aplicado este criterio, y el juez Luis Francisco Lozano remarca que, en circunstancias similares, no corresponde exigir el depósito. La resolución ordena que las actuaciones sean registradas, notificadas y remitidas a la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas.

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