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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en CARDOZO, ANDREA BIBIANA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La Sala Superior del Tribunal rechaza la queja del GCBA contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un caso de diferencias salariales y carácter remunerativo de beneficios en empleo público. Confirmada la decisión, se preserva la legalidad y garantías constitucionales del proceso.

Fundamentacion del recurso Remuneracion Diferencias salariales Falta de fundamentacion Paritarias Empleo publico Caracter remunerativo Sueldo anual complementario Fondo nacional de incentivo docente Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Adicionales de remuneracion


- Quién demanda: Andrea Bibiana Cardozo, Sandra Mabel Robles, Juan José Antonio, Susana Patricia Salmeri y Osvaldo José Manfredi, agentes del GCBA.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración del carácter remunerativo del rubro “Fondo Estímulo” y ciertos suplementos salariales, y pago de diferencias en SAC y cálculo del rubro “Fondo Estímulo” con intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario declaró desierto el recurso de apelación del GCBA por falta de crítica concreta y razonada. La Sala Superior confirmó que la denuncia de arbitrariedad o vulneración constitucional no fue acreditada y que el recurso de inconstitucionalidad no cumplió con los requisitos formales, por lo que no prosperó.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala consideró que el planteo del GCBA no demostraba que la resolución recurrida incurriera en arbitrariedad o en un injustificado rigor formal que afectara el derecho de defensa. Se remarcó que los agravios no constituyen una crítica concreta y razonada, sino meras disconformidades genéricas que no habilitan la vía extraordinaria. Se citó doctrina que establece que la mera referencia a derechos constitucionales sin fundamentación precisa resulta insuficiente, y que el análisis de hechos y derecho infraconstitucional corresponde a los jueces de la causa, no a la instancia del recurso de queja. La jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia refuerza que los agravios deben ser fundamentados y que la deserción del recurso, por falta de crítica concreta, afecta garantías constitucionales. La decisión de la mayoría fue rechazar la queja y mantener la resolución que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad, en atención a la insuficiencia de los agravios y el cumplimiento de los requisitos procesales. La disidencia de la jueza De Langhe consideró que la queja contenía una crítica suficiente y que la sentencia impugnada vulneraba garantías constitucionales, por lo que propuso hacer lugar a la queja y revocar la resolución de Cámara para permitir el análisis del fondo.

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