Logo

SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en Ministerio Público de la Defensa SOBRE HABEAS CORPUS

La sentencia rechazó la queja de la recurrente contra una resolución del tribunal superior, considerando que la presentación tenía carácter de recurso de reposición y que no era admisible. El tribunal hizo énfasis en la inexistencia de recursos contra sus decisiones y en la naturaleza del escrito presentado.

Cuestion abstracta Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


¿Quién es el actor?

María Inés Laigle

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Queja por resolución del tribunal que rechazó un recurso y requirió integración de depósito en el marco de un proceso de inconstitucionalidad por usurpación.
- Decisión del tribunal: La presentación de Laigle fue considerada inadmisible, ya que en realidad constituía un recurso de reposición contra una decisión que no admite recursos ordinarios, y además, la misma fue considerada como una impugnación que debía evaluarse en el contexto del proceso principal. La resolución del 6 de julio de 2022 fue interpretada como una decisión definitiva, con lo cual la presentación posterior no podía modificarla. La sentencia fue dictada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las resoluciones del Tribunal Superior adoptadas con los votos suficientes requeridos por el art. 25, primer párrafo, ley nº 7, no son susceptibles —por regla— de reconsideración, reposición o revocatoria, sobre todo ante la inexistencia en la ley nº 402 de algún recurso contra sus decisiones (cf. doctrina de este Tribunal in re “Cibils, Vanesa Soledad”, expte. nº 12930/15, resolución del 9/11/16, y sus citas)." "Por las razones expuestas en mi voto en 'Ronchetti' entendí que esa exigencia no procede, criterio que mantengo." "Cualesquiera que sean los efectos que, a la luz de la ley nº 402, pudiere tener ese sobreseimiento sobre la exigibilidad o no del correspondiente depósito que reclama la queja vencida, lo cierto es que la petición, en función de aquel hecho nuevo informado, coloca al Tribunal en la posición de tener que evaluar ex novo el reclamo arrimado." "En ese orden de ideas, la decisión del 6 de julio pasado, ya mencionada, no tuvo ni habría podido tener contenido denegatorio de la actual pretensión, pues no estaba presentada la novedad en las actuaciones que el TSJ examinaba." "Consecuentemente, mal cabe recurrir respecto de lo que no fue resuelto." "Por todo ello, voto por hacer lugar a lo pedido."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar