VIDAL, JOSÉ ANTONIO Y OTROS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en VIDAL JOSE ANTONIO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)
La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Ciudad de Buenos Aires resolvió declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 31 en un incidente de incompetencia originado por la remisión de un conflicto entre juzgados de la misma jurisdicción. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia y precedentes del Tribunal Superior de Justicia, en particular el criterio establecido en “Bazán” (Fallos: 342:509), que atribuye al Tribunal Superior la competencia para dirimir estos conflictos internos en la jurisdicción porteña.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor demanda (Actor) en un incidente de incompetencia (Objeto de la causa) en relación con hechos relacionados a un supuesto fraude mediante engaño en un proceso de transferencia bancaria. La controversia surge entre el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 20 y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 31, que ambos se declaran incompetentes, remitiendo la causa a este Tribunal Superior. La jueza Alicia E. C. Ruiz, junto con otros miembros del Tribunal, argumenta que conforme a la jurisprudencia y el precedente “Bazán”, en casos de conflicto entre juzgados con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde al Tribunal Superior decidir. La decisión mayoritaria fue declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 31, remitiendo el incidente a ese juzgado y notificando a las partes. La fundamentación se basa en la necesidad de garantizar la unidad jurisdiccional y en la interpretación de los precedentes que establecen la competencia del Tribunal Superior en estos casos, asegurando así la correcta administración de justicia en la jurisdicción porteña.
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