GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BE CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y Relaciones de Consumo fue revocada en su fallo que ordenaba al GCBA garantizar una vivienda a la actora y se ordenó que se dicte una nueva resolución conforme a derecho.
El actor, BE, interpuso amparo contra el GCBA solicitando una solución habitacional definitiva y permanente. La jueza de primera instancia hizo lugar y ordenó al GCBA garantizarle acceso a vivienda en condiciones dignas, incluyendo la opción de subsidio suficiente para afrontar el costo. La Cámara de Apelaciones confirmó esa decisión, considerando la vulnerabilidad social del actor. El GCBA interpuso recurso de inconstitucionalidad, alegando arbitrariedad, vulneración de derechos de propiedad, principios de legalidad y división de poderes, y desacuerdo con precedentes judiciales. La Sala III del Tribunal Superior de Justicia, en su voto mayoritario, admitió parcialmente la queja, revocó la fallo de la Cámara y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento, sosteniendo que la normativa vigente no contempla la obligación del Estado de brindar alojamiento a personas en situación de vulnerabilidad social no específicamente incluidas en los grupos priorizados por la ley, como en el caso del actor. La sentencia argumenta que la interpretación de la Cámara extendió indebidamente la obligación legal más allá del alcance establecido por la normativa local, en particular por la Ley 4036 y la Ley 4.036, que regulan el acceso a la vivienda en la Ciudad. Asimismo, se destaca que la obligación del Estado en materia de vivienda es de carácter progresivo y prioriza ciertos grupos específicos, no abarcando a toda persona en vulnerabilidad social. La sentencia termina señalando que la situación de vulnerabilidad social del actor no se encuentra contemplada en las normas que obligan a brindar alojamiento, por lo que la decisión de la Cámara no se ajusta a la normativa vigente. Votos disidentes: Los jueces Santiago Otamendi, Inés M. Weinberg y Alicia E. C. Ruiz coincidieron en que la sentencia de la Cámara debía ser revocada y que el GCBA debe mantener el subsidio, considerando que la ley y la jurisprudencia reconocen el derecho a una vivienda digna para situaciones de vulnerabilidad social, y que la decisión de la Cámara no interpretó adecuadamente la normativa vigente.
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