GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ACMB Y OTROS CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE AMPARO - HABITACIONALES
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires revoca parcialmente la decisión de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y ordena al Gobierno de la Ciudad que mantenga la asistencia en subsidios habitacionales a la parte actora, considerando que la interpretación de las leyes vigentes no respalda una extensión automática del derecho a la vivienda.
Actor: ACMB y sus hijos menores y pareja.
Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
Qué se reclama: La provisión de una solución habitacional definitiva y permanente.
Qué se resolvió: Se admitió parcialmente la queja del GCBA y se revocó la decisión de la Cámara que ordenaba presentar propuestas habitacionales, estableciendo que el derecho a la vivienda no se extiende automáticamente a todos los vulnerables, solo a grupos específicos reconocidos en las leyes locales.
Fundamentos principales:
- La Cámara interpretó que la vulnerabilidad social implicaba el derecho a la vivienda, basándose en leyes n° 3706 y n° 4036, y en una interpretación amplia del derecho social.
- La Sala III del Tribunal sostuvo que dicha interpretación no se deriva de la normativa vigente y que la Constitución de la Ciudad y las leyes aplicables solo garantizan el acceso a la vivienda en casos específicos, como adultos mayores y personas con discapacidad, no extendiendo ese derecho a todos los vulnerables.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que los derechos sociales tienen una operatividad derivada, que requiere una ley o decisión del Poder Ejecutivo para su implementación efectiva, y que la normativa local no establece obligaciones de brindar alojamiento a todos los vulnerables.
- La interpretación de la Cámara excede los límites de la normativa vigente, y el pronunciamiento no fundamenta adecuadamente la extensión del derecho a la vivienda en el caso concreto.
- La sentencia del Tribunal considera que el fallo de la Cámara no se ajusta a la ley, por lo que debe ser revocada y revertida la orden de presentar propuestas habitacionales, ordenando que el GCBA mantenga la asistencia en los términos previstos en las leyes aplicables, en tanto se mantenga la situación de vulnerabilidad.
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