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MINISTERIO PÚBLICO - FISCALÍAA DE CÁMARA ESPECIALIZADA EN FALTAS, CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO Y LESIONES CULPOSAS DE TRÁNSITO DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BRESCA, DIEGO MOISES SOBRE 92 - AGRAVANTES (CONDUCTAS DESCRIPTAS EN LOS ARTÍCULOS 89 / 90 Y 91) - 149 BIS - AMENAZAS Y OTROS

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo rechazó la queja por inconstitucionalidad del grupo familiar que reclamaba un subsidio habitacional, confirmando la validez del criterio de cálculo del subsidio y la limitación del monto, y destacando que los agravios se basan en interpretaciones de normativa infraconstitucional y hechos no revisables por esta vía.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad

El actor, CMAM, demanda ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, la protección de su derecho a una vivienda adecuada y la revisión de una decisión que limitó el monto del subsidio habitacional, alegando vulneración de derechos constitucionales y convencionales. La Cámara ordenó al GCBA que otorgue el subsidio conforme a los parámetros establecidos en la ley 4036 y el decreto 690/2006, considerando que la familia, compuesta por una mujer sola con cuatro hijos menores, se encontraba en situación de vulnerabilidad, y que la fórmula de cálculo no vulneraba derechos constitucionales. La sentencia de la Cámara fue apelada en queja por el grupo familiar, quien argumentó que la reducción del subsidio implicaba una lesión a su derecho a una vivienda digna, y que la interpretación de la normativa infraconstitucional era errónea. El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja, considerando que no se logró demostrar la existencia de una cuestión constitucional o federal que justifique su revisión y que los agravios se limitan a disconformidades con la interpretación normativa y hechos propios de la valoración de prueba. La sentencia fundamentó que la revisión de cuestiones de hecho y prueba, así como la interpretación de normativa infraconstitucional, está fuera del alcance de este recurso, y que no se evidencian defectos de lógica o fundamentación en la sentencia de la Cámara. La decisión fue respaldada por los jueces Inés M. Weinberg, Santiago Otamendi, y la jueza Alicia E. C. Ruiz, quien además sostuvo que la recurrente no articula un caso constitucional ni demuestra que la sentencia sea arbitraria, reiterando que los agravios se basan en interpretaciones de normativa infraconstitucional y hechos de hecho.

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