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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GCBA CONTRA CASINO BUENOS AIRES SA SOBRE EJECUCION FISCAL - ABL - PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

La Sala del Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja del GCBA contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un caso de liquidación de subsidios a ex combatientes de Malvinas. La decisión se fundamentó en la falta de cuestiones constitucionales o de arbitrariedad en los agravios del recurrente.

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- Quién demanda: Ramón Alfredo Brittes, en representación de ex combatientes de Malvinas.
- A quién se demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
- Qué se reclama: La correcta liquidación del subsidio por ex combatiente y el pago retroactivo de diferencias salariales desde los cinco años anteriores a la demanda, conforme a las ordenanzas y leyes aplicables.
- Qué se resolvió: La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo rechazó el recurso de inconstitucionalidad del GCBA y confirmó la sentencia de primera instancia que ordenaba la liquidación y pago retroactivo. La queja del GCBA fue rechazada por considerarse que no se evidenciaba una cuestión constitucional ni arbitrariedad.
- Fundamentos principales: Los jueces señalaron que la queja no logra poner en crisis los fundamentos de la resolución, ya que la interpretación de la norma sobre “asignación total” no involucra cuestiones constitucionales, sino la aplicación de una normativa infraconstitucional (ley 2304 y ordenanzas 39827 y 45690). La interpretación dada por la Cámara se fundamenta en la sistemática normativa y en precedentes (Mendicino), y no resulta arbitraria. Además, las cuestiones planteadas por el GCBA son meramente disconformidades con la decisión, que no configuran error grosero ni vulneración de derechos constitucionales. La jurisprudencia establecida establece que la revisión en instancia extraordinaria no debe entrar en análisis de hechos o prueba, sino en cuestiones de constitucionalidad o arbitrariedad, que en este caso no se acreditan. La Sala también recordó que la queja debe contener una crítica concreta y fundamentada, lo cual no sucede en este caso. En conclusión, la sentencia confirma el rechazo de la queja y mantiene la resolución judicial que ordenó la liquidación del subsidio y pago retroactivo.

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