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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BRITTES RAMON CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)

La sentencia declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 55 en un incidente de competencia originado por una denuncia de acceso indebido y extorsivo a un sistema informático de una obra social del Servicio Penitenciario Federal. La decisión se fundamenta en la existencia de indicios de delito de extorsión y en precedentes jurisprudenciales que respaldan la atribución a la justicia nacional en casos de delitos informáticos con implicancias criminales graves.

Fundamentacion del recurso Arbitrariedad de sentencia Remuneracion Falta de fundamentacion Cuestiones de hecho y prueba Excombatientes Rubros no remunerativos Rubros remunerativos Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Subsidio para excombatientes Calculo del subsidio


- Quién demanda: La fiscalía local, en representación del interés público, solicitó la declinación de competencia.
- A quién se demanda: La causa surge de una denuncia por acceso no autorizado y encriptación de datos en un sistema informático de la Obra Social del Servicio Penitenciario Federal.
- Qué se reclama: La investigación por delitos informáticos, específicamente, acceso indebido a sistema informático y extorsión mediante amenazas y exigencias de dinero.
- Qué se resolvió: La Cámara declaró competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 55, fundamentando que la conducta encuadra en el delito de extorsión (art. 168, CP) y que el hecho tiene connotaciones de gravedad y alcance federal. La sentencia remarca que la conducta de encriptar datos y exigir dinero configura un delito de extorsión, y que, en caso de dudas, prevalece la calificación más severa. La decisión se apoya en la jurisprudencia del precedente "Bazán" y en la interpretación de los artículos 149 bis, 153 bis y 168 del Código Penal, concluyendo que la competencia corresponde a la justicia nacional por la naturaleza del hecho y su impacto.
- Fundamentos principales: “La conducta desplegada por los autores de la maniobra denunciada fue (…) la de intimidar (…) inutilizando los sistemas de auditoría, turnos, farmacia, mesa de entrada, afiliaciones y los archivos de datos compartidos alojados en el NAS lomega de la Obra Social del Servicio Penitenciario Federal, haciéndoles saber a sus autoridades que podrían recuperar los mismos y evitar que los hagan públicos, sólo mediante el pago de una suma de dinero”. Además, se sostuvo que “el mensaje encriptado decía ‘si no se contacta con nosotros dentro de las 48 horas desde el bloqueo de sus datos, el precio será más alto’”, interpretándose que la exigencia de dinero se configura como un delito de extorsión. La mayoría de los jueces coincidieron en que la conducta encuadra en el art. 168 del CP, dado que “tanto el ingreso indebido a la base de datos, como la intimidación, se encuentran vinculadas con un ‘precio’ que, en las circunstancias de autos, no puede sino interpretarse en función de una exigencia indebida de dinero”. La decisión se apoya en que la conducta tiene un impacto que trasciende el ámbito local y

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