GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GCBA CONTRA WAISMAN ESTHER MARIA SOBRE EJECUCION FISCAL - RADICACION DE VEHICULOS
La sentencia confirma la admisión de la queja del GCBA contra la decisión que denegó el embargo general en una ejecución fiscal; el Tribunal revoca la resolución y remite las actuaciones para una nueva decisión, fundamentando en la necesidad de respetar precedentes y en la importancia de la seguridad jurídica.
¿Quién es el actor?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Juzgado CAyT interviniente
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad contra la denegatoria del embargo general solicitado en el marco de la ejecución fiscal
- Decisión del tribunal: Se admite la queja, se revoca la sentencia impugnada y se remiten las actuaciones para dictar una nueva resolución ajustada a los argumentos del Tribunal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal remite a decisiones previas similares, en las que se admitió la queja del GCBA y se hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad, resaltando que la jurisprudencia consolidada exige respetar los precedentes para garantizar la seguridad jurídica y la estabilidad en las decisiones judiciales. Se destaca que la desviación de criterios previos genera inseguridad y entorpece la percepción de la renta pública. La jurisprudencia de la CSJN y este Tribunal subraya que “la autoridad institucional de los precedentes de la Corte Suprema, fundada en su condición de intérprete supremo de la Constitución Nacional y de las leyes dictadas en su consecuencia, da lugar a que en oportunidad de fallar casos sustancialmente análogos, sus conclusiones sean debidamente consideradas y seguidas por los tribunales inferiores.” Además, el Tribunal cita a Thomas M. Cooley, quien destaca la importancia de la estabilidad de los precedentes para la seguridad jurídica y la confianza en el sistema judicial, señalando que “es extremadamente inconveniente para el público si los precedentes no fueran debidamente observados e implícitamente seguidos.” La decisión mayoritaria concluye que la denegatoria del embargo general en la ejecución fiscal debe ser revisada, en línea con la jurisprudencia consolidada, para evitar dispendios en la actividad jurisdiccional y garantizar la percepción de la renta pública en un marco de legalidad y previsibilidad.
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