Chamorro, Lautaro Nicolas Y OTROS CONTRA FCA SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS SOBRE CONTRATOS Y DAÑOS - RC - PLANES DE AHORRO Y CONCESIONARIAS
La Sala I rechaza la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en causa por portación de arma de fuego sin autorización legal. Confirma la decisión de inadmisibilidad por carecer la queja de cuestionamiento constitucional suficiente y fundamentación adecuada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, en representación de Marcos Leonardo Morales, interpuso queja contra la decisión de la Sala I que declaró inadmisible un recurso de inconstitucionalidad dirigido contra una condena por portación de arma de fuego sin autorización, agravada por antecedentes penales.
- La Sala I consideró que la queja no planteaba una cuestión constitucional o federal, sino que se basaba en cuestiones de hecho, prueba e interpretación infraconstitucional.
- Los jueces destacaron que la valoración de la prueba sobre el conocimiento del arma por parte de Morales fue razonada y no arbitraria. Se puntualizó que "la cercanía corpórea que tenía Morales con el arma", "el recorrido de aproximadamente 25 cuadras", y "los dichos de Lencina" apoyan la conclusión de que Morales conocía del arma.
- También se sostuvo que la interpretación de la norma penal y la constitucionalidad del agravante que considera antecedentes penales no vulnera principios constitucionales, ya que "las penas anteriores tienen un efecto desfavorable, desde el punto de vista de la culpabilidad".
- La defensa argumentó que la valoración probatoria era arbitraria y que se vulneraba el principio de culpabilidad, pero la Sala consideró que dichas cuestiones son de hecho y prueba, no aptas para revisión en esta vía.
- La decisión se fundamentó en que "esta clase de controversias remite a cuestiones de hecho, prueba o interpretación infraconstitucional que, salvo casos excepcionales, no suscita la competencia extraordinaria de este Tribunal".
- En cuanto a la constitucionalidad del art. 189 bis, inc. 2º, CP, la Sala recordó la jurisprudencia consolidada y que la defensa no aportó argumentos nuevos.
- Por último, se rechazó la queja y se diferió la consideración sobre el depósito a las resultas del beneficio de litigar sin gastos, solicitando información al juzgado de primera instancia.
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