INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS PINTO SAMPAIO, JORGE MIGUEL SOBRE 149 BIS - AMENAZAS S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
La Sala declara la nulidad de la sentencia de la Cámara de Apelaciones de 17/11/2021 por carecer de mayoría en la decisión y ordena su devolución para dictar un nuevo pronunciamiento. La decisión se basa en la falta de mayoría válida y en la necesidad de una fundamentación razonada.
- Quién demanda: Adela Beatriz Geigner y otros, empleados del Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”.
- A quién se demanda: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
- Qué se reclama: Pago de diferencias salariales por aplicación del art. 2° de la ordenanza n° 45.421 desde los cinco años previos a la demanda (28 de abril de 2016) y reconocimiento del concepto salarial en futuros haberes si continuaran en actividad.
- Qué se resolvió: La sentencia de la Cámara de Apelaciones fue anulada por carecer de mayoría válida y se ordenó su devolución para nuevo pronunciamiento. La fundamentación principal radica en que la decisión no contó con una mayoría racional y jurídicamente válida, debido a divergencias en la interpretación de las normas (ordenanza y ley 5622) respecto al cálculo del suplemento salarial. La sentencia anterior no abordó adecuadamente la problemática de la derogación tácita de la ordenanza y la implementación del porcentaje de distribución, afectando la validez del fallo y la coherencia lógica del razonamiento jurídico.
- Fundamentos principales: La Corte Superior de Justicia sostuvo que las sentencias deben constituir una derivación razonada del derecho vigente y que la falta de mayoría en la decisión colegiada implica nulidad absoluta. Se destacó que el respeto por la coherencia en la fundamentación y la mayoría en la decisión es esencial para la validez del fallo, y en este caso, la ausencia de una mayoría válida invalidó la sentencia impugnada. La jurisprudencia citada reafirma que decisiones colegiadas sin mayoría clara afectan la validez del acto jurisdiccional.
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