GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ARMAS MARIA TERESA CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE IMPUGNACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires fue revisada por el Tribunal Superior de Justicia, que hizo lugar a la queja del GCBA, anulo la sentencia de la Cámara y ordenó un nuevo pronunciamiento por jueces distintos.
Actora: María Teresa Armas, en su carácter de demandante.
Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
Objeto de la demanda: Impugnar la Resolución 253-SPEyCD-2012, del 2 de marzo de 2012, por la cual se dispuso su cese administrativo como regente titular en la Escuela Normal Superior nº 6 “Dr. Vicente López y Planes”.
Qué se resolvió: El Tribunal Superior de Justicia admitió la queja del GCBA, dejó sin efecto la sentencia de la Cámara que reconoció una indemnización por daños y perjuicios y ordenó el regreso de las actuaciones a la Cámara para que, por jueces distintos, se dicte un nuevo fallo.
Fundamentos principales:
- La sentencia que en última instancia se pretendía revertir reconoció una indemnización integral por daño material y moral, equivalente al 70% de la remuneración si continuaba en su cargo, sin discriminar claramente los rubros que comprende, lo que impide un control de legalidad y de razonabilidad.
- La Corte Suprema ha establecido que las condenas indemnizatorias deben “discernir cada uno de los ítems que la componen” (Fallos 334:1821; 332:2159; 330:563). La ausencia de identificación precisa de los daños constituye un agravio al derecho a defensa.
- La sentencia recurrida carece de fundamentación adecuada y viola los derechos constitucionales al no explicar la relación entre los daños y la reparación, ni justificar la cuantificación global sin distinguir los rubros indemnizatorios.
- La jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia señala que la queja debe contener una crítica desarrollada y fundada para permitir la revisión del pronunciamiento de la Cámara, lo que no ocurrió en este caso, ya que los argumentos del GCBA remiten a cuestiones de hecho y prueba, no a un caso constitucional.
- En consecuencia, el Tribunal admitió la queja, dejó sin efecto la sentencia de la Cámara y ordenó un nuevo pronunciamiento con jueces distintos, con costas por su orden.
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