INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS RAMÍREZ, MIGUEL SOBRE 168 - EXTORSIÓN
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 24 en causa por extorsión iniciada a partir de denuncia por correo electrónico. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia y en la evaluación de la naturaleza de los hechos y las competencias jurisdiccionales aplicables.
- Actor: La víctima que denunció extorsión a través de un correo y redes sociales.
- Demandado: Miguel Ramírez y Pablo Aquino, presuntos autores de extorsión y amenazas.
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia jurisdiccional en una causa por extorsión y amenazas vinculadas a un caso de presunta extorsión digital con posible involucramiento de menores.
- Decisión del tribunal: Se declara competente el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 24, en base a la jurisprudencia y a la naturaleza de los hechos denunciados, remitiendo la causa a dicho tribunal.
- Fundamentos principales:
La declinatoria de competencia fue presentada por el juzgado local, que consideró que los hechos encuadraban en el tipo penal de extorsión (art. 168, primer párrafo, CP), y que la causa no se encontraba comprendida en los convenios de transferencia progresiva de competencias.
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 11 consideró prematura la declinatoria, dado que no se pudo establecer contacto posterior con la denunciante ni precisiones sobre las fotografías y la posible participación de menores.
El Tribunal Superior de Justicia, siguiendo la jurisprudencia y en virtud de la contienda entre los jueces, decidió declarar competente al tribunal local, remitiendo las actuaciones en base a lo establecido en “Bazán” (Fallos: 342:509).
La mayoría de los jueces coincidieron en que, en virtud de la normativa y los precedentes, corresponde que el Tribunal Superior de Justicia resuelva en estos conflictos internos.
La opinión disidente de uno de los jueces sostuvo que la competencia debía mantenerse en el juzgado federal, dada la naturaleza del delito y los elementos investigativos aún en desarrollo.
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