GCBA SOBRE INCIDENTE DE INHIBITORIA - DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESPONSABILIDAD MEDICA) s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 62 en un incidente de incompetencia vinculado a hechos de estafa relacionados con un fraude a través de WhatsApp. La decisión se fundamentó en la jurisprudencia del precedente “Bazán” y en la opinión del conjunto de jueces, rechazando la competencia del tribunal local y confirmando la competencia de la justicia nacional.
- Actor: No identificado, denunciante en la causa por estafa.
- Demandado: No identificado, presunto autor de la maniobra fraudulenta.
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia judicial en un incidente de incompetencia en una causa por estafa mediante manipulación digital.
- Decisión del tribunal: El Tribunal Superior de Justicia declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 62, remitiendo las actuaciones a dicho órgano.
- Fundamentos principales:
La jueza Alicia E. C. Ruiz sostuvo que, conforme a lo establecido en el precedente “Bazán” (Fallos: 342:509), en casos de contiendas entre magistrados de jurisdicción no federal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde al Tribunal Superior de Justicia resolver la competencia.
La mayoría de los jueces coincidieron en asignar la competencia al juzgado nacional, basándose en que los hechos encuadran en la figura de estafa (art. 172, CP), dado que la maniobra consistió en un engaño mediante el uso de redes sociales y transferencia de fondos, generando un perjuicio patrimonial.
La fiscalía consideró que los hechos debían calificarse como estafa, ya que existió engaño, error y acto de disposición patrimonial perjudicial, siendo la maniobra típicamente encuadrable en el art. 172, CP.
La decisión fue fundamentada en la jurisprudencia aplicable y en el criterio mayoritario de los jueces, remitiendo las actuaciones al juzgado competente.
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