GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en RUDMAN, MARIA GABRIELA CONTRA GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTROS SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - GENERICO
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario federal interpuesto por varias partes contra una resolución que negó un recurso de queja en un asunto de empleo público, fundamentando en la ausencia de cuestión constitucional o federal y en la naturaleza fáctica y procesal de las cuestiones.
- Quienes demandan: Susana Beatriz Obiglio, Rosana María Barrios, Alicia Aurora Sanchidrian, Romina Silvana Rossi, Marcela Alejandra Doce y Alicia Edith Carrasco.
- A quién se demanda: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
- Qué se reclama: Recurso de inconstitucionalidad y planteo de arbitrariedad respecto a la decisión de la Cámara que consideró que el suplemento FO.NA.IN.DO. no era bonificable, y el rechazo del recurso de queja.
- Qué se resolvió: El Tribunal denegó el recurso extraordinario federal argumentando que no se configuraba una cuestión constitucional o federal, ya que la decisión recurrida se basó en fundamentos no federales y la parte recurrente no fundó su reclamo en normas federales. Además, se sostuvo que las decisiones que declaran la improcedencia de recursos de orden local son ajenas a la instancia extraordinaria, en línea con doctrina consolidada (Fallos: 306:885, 308:1577, 311:100, 329:4775). La parte actora intentó cuestionar el carácter bonificable del suplemento FO.NA.IN.DO. basado en la ley nacional 25.053, pero no logró demostrar una relación directa e inmediata con lo decidido. La alegación de arbitrariedad tampoco fue aceptada, pues no se configuraba un caso excepcional de deficiencia lógica o ausencia de fundamento normativo, y además no se cumplían los requisitos procesales establecidos.
- Fundamentos principales: La sentencia resaltó que la resolución impugnada fue una decisión interlocutoria que no plantea una cuestión constitucional o federal suficiente para habilitar la vía extraordinaria, en línea con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como en Fallos 306:885 y otros. También se destacó que el recurso no cumple con los requisitos del art. 3 de la Acordada n° 4/2007, ya que no refuta todos los fundamentos ni demuestra una relación directa entre las normas federales invocadas y lo resuelto. La mayoría de los jueces consideraron que la decisión de negar la procedencia del recurso de queja no resulta susceptible de revisión en esta instancia.
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