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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BARREYRO, EDUARDO DANIEL CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo denegó el recurso de inconstitucionalidad del GCBA, fundamentando que la queja no contiene una crítica suficiente y que las cuestiones planteadas son de índole no constitucional, por lo que el Tribunal Superior de Justicia confirma la decisión y rechaza la queja del GCBA.

Recurso de apelacion Desercion del recurso Fundamentacion del recurso Falta de fundamentacion Accion de amparo Cuestiones procesales Acceso a la informacion publica Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional


¿Quién es el actor?

Eduardo Daniel Barreyro

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
- Objeto de la demanda: Solicitud de información pública relativa a un establecimiento educativo, en el marco de una acción de amparo prevista en la ley n° 104, tras un pedido de información en el expediente n° EX. 2018-31244683-MGEYA-UAC9.

¿Qué se resolvió?

La sentencia de primera instancia ordenó al GCBA a proporcionar la información solicitada, rechazando el planteo de mala fe procesal y sanciones. La Cámara de Apelaciones declaró desierto el recurso del GCBA, considerando que no se presentó una crítica razonada y concreta a la resolución y que las cuestiones no eran de carácter constitucional. La Cámara denegó el recurso de inconstitucionalidad y redujo honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La queja del GCBA no cumple con la exigencia de fundamentación del art. 33 de la ley 402, ya que no presenta una crítica concreta y razonada de la resolución interlocutoria que denegó su recurso de inconstitucionalidad. La Sala dispuso que no se configura una cuestión constitucional, ya que las cuestiones tratadas se circunscribieron a la aplicación de los artículos 236 y 237 del CCAyT, y se descartó la arbitrariedad de la sentencia. Los agravios del GCBA constituyen una mera discrepancia sin fundamentación suficiente, y no demuestran que la decisión haya excedido las facultades del tribunal. La Cámara además consideró que los argumentos del GCBA no superan la mera disconformidad y carecen de exposición seria que justifique o respalde la crítica. La decisión de la Cámara que declaró desierto el recurso de apelación y denegó la queja no adolece de arbitrariedad ni vulnera derechos constitucionales del GCBA. La decisión recurrida no es definitiva en el sentido del art. 27 de la ley 402, y el GCBA no acreditó que la misma constituya un obstáculo para la revisión judicial. La sentencia es compatible con la jurisprudencia del Tribunal, que insiste en que la queja debe contener una crítica suficiente y fundada, lo cual no ocurrió en este caso.
- TIPO DE PROCESO: CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

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