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CORTIZO, MARTA LORENA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en CORTIZO MARTA LORENA CONTRA GCBA SOBRE RECURSO DIRECTO DE REVISIóN POR CESANTíAS Y EXONERACIONES DE EMPLEADOS PúBLICOS (ART. 464 Y 465 CAYT)

La Sala denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por Marta Lorena Cortizo contra una sentencia que resolvió sobre cesantías y exonera­ciones de empleados públicos del GCBA. La mayoría consideró que no existía una cuestión federal que justificara la vía extraordinaria y que los agravios constitucionales no estaban vincula­dos con lo decidido en autos, confirmando la decisión del tribunal inferior.

Recurso extraordinario federal Defensa en juicio Cesantia Empleo publico Inasistencias injustificadas Cuestion de derecho local Cuestion no federal


- Quién demanda: Marta Lorena Cortizo

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de revisión en un proceso sobre cesantías y exonera­ciones de empleados públicos, y una resolución que dejó sin efecto una decisión anterior, ordenando la reincorporación de la actora y una indemnización del 50% de su remuneración.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Superior de Justicia denegó el recurso extraordinario federal, confirmando que la cuestión planteada no constituía una cuestión federal en los términos del art. 14 de la ley 48.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los jueces indicaron que la problemática abordada, centrada en el empleo público local, fue resuelta mediante principios y normas infraconstitucionales, ajenas a la competencia de la Corte Suprema. Además, la mención genérica a preceptos constitucionales por parte de la parte actora no cumple con el requisito del art. 15 de la ley 48 de demostrar una relación directa e inmediata entre esos preceptos y lo decidido en autos. Se recordó que la simple mención de normativas constitucionales no habilita la vía extraordinaria. La mayoría destacó que la resolución del tribunal inferior fue correcta y que la invocación de arbitrariedad no corresponde al tribunal que emitió la sentencia impugnada. La jueza Ruiz expresó que la parte actora planteó una cuestión federal relacionada con principios constitucionales, y que la misma fue fundada y vinculada con la resolución del caso, por lo que consideró procedente conceder el recurso y revocar la decisión de denegatorio.

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