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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MARTINEZ MONICA REBECA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo confirmó la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que declaró la naturaleza remunerativa de ciertos suplementos salariales en el empleo público del GCBA.

Fundamentacion del recurso Remuneracion Diferencias salariales Falta de fundamentacion Empleo publico Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Ordenanza 45241


¿Quién es el actor?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Agentes del GCBA y su empleador
- Objeto de la demanda: Reclamaron la declaración del carácter remunerativo del rubro “Fondo Estímulo” y suplementos salariales acordados en negociación colectiva, además del pago de diferencias salariales, incluyendo intereses.
- Decisión del tribunal: La Sala III rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el GCBA, considerando que la valoración de la prueba y la interpretación normativa efectuadas por los jueces de primera instancia y de alzada no vulneran garantías constitucionales, y que los agravios no configuran una cuestión constitucional ni arbitrariedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Weinberg destacó que la queja no logra poner en crisis la resolución que denegó el recurso, ya que los agravios se refieren a valoración de prueba y análisis de normativa, cuestiones propias de la competencia de los jueces de la causa, y no constituyen un caso de arbitrariedad. Se sostuvo que “la referencia ritual a derechos constitucionales, si no se acredita precisa y fundadamente su cercenamiento, es insuficiente ya que, si bastara la simple invocación de un derecho o garantía de raigambre constitucional, este Tribunal se vería convertido en tercera instancia obligada de todos los pronunciamientos dictados por el Poder Judicial de la Ciudad”. Además, se afirmó que la doctrina de la arbitrariedad es estricta y solo aplicable en casos de deficiencias lógicas del razonamiento o ausencia de fundamento normativo, lo cual no ocurrió en este caso. La jueza Langhe expresó adhesión a los fundamentos del voto mayoritario, indicando que las razones del recurso de hecho son insuficientes y que la interpretación de las actas paritarias y normativa no vulneran principios constitucionales. Los otros jueces coincidieron en rechazar la queja, resaltando que los agravios no logran configurar vulneración constitucional ni arbitrariedad, y que la resolución impugnada está fundada en la normativa vigente y en el análisis de la prueba.
- Fundamentos adicionales: La sentencia explica que la mera discrepancia con la decisión judicial no implica arbitrariedad ni vulneración constitucional, y que la invocación de derechos constitucionales debe ser precisa y fundamentada para ser tenida en cuenta por este Tribunal.

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